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Huella de carbono en edificios: las nuevas obligaciones del DB-HSA

La industria de la edificación en Europa atraviesa una transformación histórica impulsada por la revisión de la Directiva de Eficiencia Energética de los Edificios (EPBD) de mayo de 2024. El objetivo central es alcanzar un parque inmobiliario de cero emisiones en 2050, lo que exige considerar no solo el consumo energético operativo, sino las emisiones de gases de efecto invernadero del ciclo de vida completo del edificio.

El Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental (DB-HSA)
 
En España, esta transición se articula a través del nuevo Documento Básico de Sostenibilidad Ambiental (DB-HSA), integrado en el Código Técnico de la Edificación (CTE). Este documento trasciende el enfoque tradicional de ahorro de energía para establecer parámetros objetivos que reduzcan el impacto ambiental global de las construcciones.
 
El 29 mayo 2026 es la fecha límite de transposición de la nueva EPBD en España, que impulsa la incorporación del DB-HSA al CTE.
 
El DB-HSA se divide en dos secciones fundamentales: la HSA 1, que regula el Potencial de Calentamiento Global (PCG), y la HSA 2, dedicada a la movilidad sostenible (infraestructuras de recarga eléctrica y aparcamientos para bicicletas).
 
Su función principal es definir la metodología nacional para determinar cuánto contribuye un edificio al cambio climático desde su construcción hasta su fin de vida.
Obligaciones para 2028 y 2030
 
La obligatoriedad de declarar la huella de carbono se implementará de forma gradual en España según el tamaño del proyecto:
 
  • A partir del 1 de enero de 2028: Será obligatorio el cálculo y declaración del PCG para todos los edificios nuevos y ampliaciones con una superficie útil superior a 1.000 m².
  • A partir del 1 de enero de 2030: Esta obligación se extenderá al resto de edificios nuevos y ampliaciones, independientemente de su superficie.
El PCG resultante deberá declararse obligatoriamente a través del certificado de eficiencia energética del edificio, tanto en la fase de proyecto como en la de obra terminada.
Datos y factores de corrección en el cálculo del PCG
 
Para asegurar la precisión del cálculo, que en España se realiza sobre un período de estudio de 50 años, la normativa establece un orden de prelación estricto para los datos de emisiones. Se priorizan los datos específicos de producto, como las declaraciones de prestaciones bajo el Reglamento (UE) 2024/3110 o las Declaraciones Ambientales de Producto individuales (DAP) elaboradas bajo la norma UNE-EN 15804.
 
Un elemento innovador es la aplicación de factores de corrección () que penalizan el uso de datos menos precisos para incentivar la transparencia de los fabricantes:
 
  • DAPs individuales o datos específicos: (sin penalización).
  • Base de datos del Ministerio de Vivienda: .
  • Bases de datos de DAPs tipo III (DAPs sectoriales): .
  • Otras bases de datos conformes a UNE-EN 15941:
La importancia estratégica de las DAPs individuales.
 
Las Declaraciones Ambientales de Producto (DAP) individuales son el pilar del cálculo del PCG. Al ser documentos verificados que detallan el impacto ambiental de un material, permiten al proyectista utilizar el factor de corrección más favorable (1,00).
 
Esto no solo hace que el cálculo sea más competitivo, sino que genera un “círculo virtuoso” donde la regulación presiona a los fabricantes para que certifiquen ambientalmente sus productos si desean ser elegidos en los proyectos de vanguardia.
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