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Directiva de Informes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD)

La Directiva de informes de sostenibilidad corporativa (CSRD) actualiza los requisitos de información no financiera establecidos en la Directiva sobre información no financiera (Directiva 2014/95/UE, la NFRD). Se trata de una actualización de gran alcance, que va a tener un gran impacto en la forma en que las empresas abordan los temas de sostenibilidad coporativa.

Algunos temas clave

Cobertura: con la CSRD se amplía el número de empresas que deben informar sobre su sostenibilidad, pasando de 11.000 a más de 50.000 empresas y se incrementa considerablemente la cantidad de información que las sociedades deberán reportar.

Normas de presentación de la información de sostenibilidad (ESRS): se ha facultado a la Comisión Europea para que adopte normas sobre presentación de información sobre sostenibilidad. Estas normas se conocen como las Normas Europeas de Información de Sostenibilidad (NEIS o ESRS en inglés). En diciembre de 2023 la Comisión Europea adoptó el Acto Delegado sobre el primer conjunto de NEIS.

Auditoría de los informes: otra novedad importante de la CSRD es que establece requisitos de auditoría de los informes de sostenibilidad, con el objetivo de garantizar la fiabilidad de los datos y evitar el blanqueo ecológico y el doble cómputo.

Doble materialidad: las empresas están obligadas a informar tanto sobre las repercusiones de sus actividades en las personas y el medio ambiente como sobre la manera en que les afectan las cuestiones de sostenibilidad. Es lo que se conoce como la perspectiva de la doble materialidad, en la que los riesgos para la empresa y el impacto de la empresa representan
una perspectiva de significatividad. Las empresas deben considerar cada perspectiva de materialidad en sí misma, y divulgar información que sea significativa desde ambas perspectivas e información que lo sea desde una única perspectiva.

Digitalización: se exigirá a las empresas que preparen sus informes de sostenibilidad en formato XHTML de acuerdo con el Reglamento sobre el formato electrónico único europeo (ESEF) y que «etiqueten» la información de sostenibilidad notificada, de acuerdo con un sistema de categorización digital. El objetivo de la digitalización es que la información
sobre sostenibilidad pueda incorporarse fácilmente en el punto de acceso único europeo, tal como se prevé en el Plan de la Unión de los Mercados de Capitales.

¿A qué empresas afecta y con qué calendario?

Transposición nacional:

Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1 a 3 de la Directiva a más tardar 6 de julio de 2024.

Calendario de aplicación:

1 de enero de 2024 (presentación del informe en 2025): empresas de más de 500 trabajadores ya sujetas a la NFRD..

1 de enero de 2025 (presentación del informe en 2026): grandes empresas que no están en el alcance de la NFRD y que cumplen al menos dos de los tres criterios:

+250 empleado

+20 M € de activos totales

+40 M € de facturación

1 de enero de 2026 (presentación del informe en 2027): pymes cotizadas, las entidades de crédito pequeñas y no complejas y las empresas de seguros cautivas. Presentación del informe en 2027.

¿Cómo pueden adaptarse las pymes no cotizadas?

Si bien no están obligadas a informar, las pymes que no cotizan en bolsa pueden utilizar voluntariamente las NEIS. Dado que muchas pymes reciben cada vez más solicitudes de información sobre sostenibilidad (por ejemplo, por parte de los bancos que prestan dinero o de las grandes empresas a las que suministran), recopilar y divulgar información sobre sostenibilidad podría convertirse en una práctica empresarial común para todas las empresas. La utilización de las normas europeas facilitaría a las pymes, la comunicación de la información necesaria a inversores, prestamistas, clientes y al resto de grupos de interés.

Referencias:

Corporate Sustainability Reporting Directive (EU)

Sustainability Resporting Standards (NEIS / ESRS)